El pasado 15 de marzo se cumplió el plazo para que los ayuntamientos enviaran al Ministerio de Hacienda, la relación de facturas con contratistas pendientes de pago, de conformidad con los plazos establecidos en el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales. Con estas medidas, algo más de 177.000 empresas y autónomos podrán cobrar las facturas que los municipios tienen pendientes con ellos, según datos facilitados por el Ministerio de Hacienda.

Han sido 4.622 las entidades locales que se han acogido a este programa crediticio para afrontar esas deudas, es decir, el 57% de los 8.114 municipios existentes en España. El importe adeudado, según datos municipales, asciende a 9.584 millones de euros, de estos dos terceras partes son a pequeñas empresas y autónomos. Atrás quedan medio millón de negocios cerrados y miles de parados como consecuencia de estos impagos.

Se podría pensar que más vale tarde que nunca, dado que los interminables aplazamientos de pagos de las administraciones públicas han generado debilitamiento y/o cierre de miles de negocios. Como ejemplo significativo en nuestra provincia, según la Confederación de Empresarios (CEM) se cifra en 400 millones de euros las deudas acumuladas frente a los proveedores malagueños. Sea bienvenido lo que posibilite paliar este peregrinar de muchos empresarios ante la puerta de los concejales de hacienda, para conseguir que le paguen, al menos, una parte de las deudas y de ese modo mantener su actividad. Aunque la respuesta suele ser la misma «asumimos que debemos esa factura, pero no tenemos liquidez para afrontarla» tan solo quedan dos posibilidades: resignarse y cerrar el negocio ante la dificultad de cubrir las cargas financieras o reclamar el pago de la deuda mediante recurso contencioso-administrativo frente al impago (expreso o presunto) y que, con suerte, se resolverá en varios años, no cabe duda de que te ves abocado a la primera opción.

Este Decreto ley es importante por los mecanismos que genera para lograr el objetivo -tan elemental- que los contratistas de las administraciones locales cobren sus prestaciones, tras muchos meses de espera, una pretensión por parte de estos empresarios que no parece desmesurada. No obstante, aún restan interrogantes pendientes: ¿Qué ocurrirá con ayuntamientos que, teniendo deudas con proveedores, no se han acogido al plan o no han manifestado la totalidad de las deudas existentes? ¿Qué prioridad de pago se tendrá en cuenta, la antigüedad de la deuda o el porcentaje de descuento en la factura? ¿En qué fecha se hacen efectivas, realmente, el cobro de las deudas? Son algunas de las dudas que suscitan la lectura del mencionado decreto, sin entrar en las consideraciones jurídicas-administrativas o en las responsabilidades de quienes han permitido el enorme descontrol del gasto público que, de manera tan negativa, ha incidido en el mantenimiento del empleo.

El tiempo nos dirá la aplicación efectiva del plan. Lo que sí parece evidente es que, independientemente del despilfarro y la falta de responsabilidad de algunos dirigentes municipales, parte del problema gira en torno a la inexistencia de una ley de financiación local acorde con las competencias asumidas y el debate, nunca abordado sobre el mantenimiento, desde el punto de vista económico, de 8.114 ayuntamientos en nuestro país.