Ya es oficial. La Fiscalía ha interpuesto un recurso de casación ante la Sala II del Tribunal Supremo contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga que absolvió a cinco policías locales de Mijas acusados de narcotráfico. El recurso del fiscal malagueño Francisco Montijano quedó formalizado el pasado 21 de mayo, tras ser refrendado por la Junta de Fiscales del Alto Tribunal. En concreto, se recurre por quebrantamiento de forma e infracción de derechos fundamentales.

La Audiencia Provincial absolvió el 21 de marzo de 2013 a cinco agentes municipales y a un camarero de Mijas de narcotráfico tras declarar nulas las intervenciones telefónicas que propiciaron las detenciones. El alcalde de Mijas, Ángel Nozal, se ha quejado en varias ocasiones de la decisión, y aclaró: «Ellos tienen derecho a la presunción de inocencia y nosotros a recurrir».

La nulidad de las escuchas fue decretada por un defecto en la instrucción, ya que éstas provenían de otro caso. Esas conversaciones entre los agentes y los protagonistas del asunto matriz revelaron que los primeros podían estar implicados en el tráfico de hachís. El Juzgado de Instrucción 2 de Fuengirola autorizó las grabaciones, pero el juez no solicitó los testimonios de las conversaciones inmortalizadas en el primer caso en otro juzgado, algo obligatorio para saber qué causó estas consecuencias. Ese error destruyó el proceso, pese a que la Audiencia vio apariencia de delito en el fondo pero la forma la obligó a absolver. Por ello, la Fiscalía ha acudido el Supremo con el fin último de lograr una condena de los cinco policías locales y del camarero absueltos por la Audiencia.

En su escrito de conclusiones, la Fiscalía aseguraba que podía decirse que estos funcionarios policiales, «vistiendo el uniforme reglamentario y utilizando coches del cuerpo, durante la noche, habrían avisado en varias ocasiones a un narco, alertándole de la entrada de embarcaciones supuestamente cargadas de hachís, al objeto de que por éste y otros y por los propios policías pudieran ser interceptados los desembarcos en la playa para robar droga».

En la operación, que estalló en noviembre de 2009, la Guardia Civil se incautó de 2,3 toneladas de hachís en diferentes domicilios de los encausados y en varios vehículos. La Sala aclaró en su sentencia: «Si bien los hechos tienen apariencia de una actividad delictiva, éstos no pueden ser atribuidos o imputados a los acusados, pues las actuaciones realizadas que los relacionan con ellos no han sido obtenidas con respeto a las debidas garantías legales y constitucionales que la legislación exige».

@saumartin