Cinco años de litigio en los tribunales no han servido para evitar la multa de 300.000 euros que tendrá que abonar el Ayuntamiento de Málaga a la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) por ofrecer un servicio gratuito de wifi sin estar dado de alta como operador con la red Biznaga.

El Tribunal Constitucional (TC) desestimó el 30 de abril el recurso de amparo que había solicitado el Ayuntamiento de Málaga tras perder todos los litigios que había mantenido contra la CMT desde que en 2010 le impusiera la multa. La sentencia del TC avala el dictamen del Tribunal Supremo de 2012 que ya había supuesto un varapalo judicial contra los intereses municipales, que en todo el contencioso-administrativo no ha encontrado un resquicio legal a su intención de frenar el cobro de la sanción.

La sentencia del Tribunal Constitucional cierra la vía judicial para recurrir esta sanción, en la que además cosechó una sentencia en contra de la Audiencia Nacional el 1 de septiembre de 2011 y que el Tribunal Supremo no admitiera el 10 de mayo de 2012 el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento.

Fuentes de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones aseguraron que en los próximos días se exigirá el abono de la sanción a través de la Agencia Tributaria. En este sentido, explicaron que este cobro debe ser relativamente rápido gracias al aval presentado por el Ayuntamiento de Málaga durante el proceso judicial.

Vía administrativa. El concejal de Tecnología, Mario Cortés, por su lado, recalcó que van a recurrir a la vía administrativa, ya que ninguna de las sentencias entra en el fondo y sólo en la forma. Cortés considera que la multa es desproporcionada y se seguirán intentando todos los recursos para frenar la sanción.

También le quedaría una instancia a la que recurrir en el Tribunal de Estrasburgo, aunque fuentes judiciales consideran que es una opción muy improbable por el recorrido judicial ya acumulado y por no tener entidad suficiente para este tribunal.