Limasa ha sido condenada a anular la sanción de cinco días de empleo y sueldo a un trabajador que colocó en el carrito de recogida un cartel que decía: «Alcalde deja el chantaje y cumple la sentencia». El Juzgado de lo Social 9 falla que la empresa «ha vulnerado los derechos fundamentales de libertad de expresión y libertad sindical» y la condena a a anular la sanción impuesta. El trabajador se encontraba el 10 de julio del año pasado barriendo en la zona de Parque Mediterráneo. Su coordinador observó el cartel y le ordenó retirarlo. Lo hizo y continuó su trabajo. Días después, la empresa le abrió un expediente disciplinario y le impuso una sanción de cinco días sin empleo ni sueldo por «falta grave», al considerar que su acción «degrada la buena imagen del personal y de la empresa».

El operario, afiliado al Sindicato de Trabajadores de la Administración Local (STAL) presentó la demanda a través del despacho Ramírez Pedrosa y Herrero, abogados, reclamando la anulación de la sanción por vulneración de libertad de expresión y de libertad sindical. La jueza, acudiendo a una amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo e incluso del Constitucional, considera que la conducta se produce en el contexto de una «conflictividad laboral notoria» y que no hubo alteración del trabajo ya que el operario siguió con sus tareas tras quitar el cartel.