El Tribunal Supremo ha archivado la causa en la que se seguía un presunto delito de falsedad documental en el acta del pleno del 29 de julio de 2009 en la que la Corporación municipal aprobó de forma provisional el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 2010.

La sesión plenaria estuvo presidida por la alcaldesa y senadora, Ángeles Muñoz, por lo que, al tener condición de aforada, se elevó una exposición al alto Tribunal.

En el auto, de nueve páginas y dictado el 17 de septiembre, el Supremo señala que «tratándose la cuestión debatida en la redacción de un acta no puede desprenderse responsabilidad a la persona contra quien se dirige la denuncia, ya que la redacción del acta, que es el objeto de la acusación, no forma parte inherente a las funciones propias de la denunciada, y, por ello, no puede haber reproche penal alguno».

El alto Tribunal agrega que no consta indicación de Muñoz acerca de lo que poner o transcribir en el acta y que «no hay evidencia de control ni presión alguna acerca de indicación de modificar nada de lo expuesto». Reitera que «no es función de un alcalde transcribir un acta», algo ajeno en materia de responsabilidad penal «a cualquier persona que no tenga asumidas funciones de secretaría y dación de fe».

El Supremo señala que, para que se considere falsedad imprudente, debe tener un carácter grave y apunta que en este caso «no puede, en modo alguno, llegar a la conclusión de que el control de la exactitud del acta redactada por quien es el responsable, como es el secretario, corresponde al alcalde bajo sanción penal si existe esa alteración».

«No puede encuadrarse la conducta exigida a un alcalde respecto de las actas que venga rodeada de un nivel de culpa, que debe ser grave, no menos grave o leve, en torno a un estricto control de que lo quetranscribió el secretario en un acta se ajustaba rigurosamente a la realidad», señala el Tribunal Supremo.

La causa se inició en el Juzgado de Instrucción número 3 de Marbella después de que el ministerio fiscal presentara una denuncia por falsedad en un documento -el acta de la sesión plenaria de mediados de 2009- donde se habrían incluido algunas modificaciones. El Juzgado de Instrucción archivó varias veces la causa y el alto Tribunal ha seguido la línea del órgano judicial.

El titular del Juzgado de Instrucción archivó, en un auto fechado el 3 de septiembre de 2018, la causa al entender que la regidora no intervino en los hechos denunciados.

Días después, la Fiscalía, en un recurso de apelación, pidió a la Audiencia de Málaga que remitiera la causa al Supremo al apreciar indicios contra Ángeles Muñoz.

La entrada de la causa en el alto Tribunal se produjo a inicios del pasado marzo.