La Ley del Jurado nació en 1995 como un intento de extender la ya entonces madura democracia a la Administración de Justicia: si el pueblo vota, también debe ser capaz de enjuiciar los delitos más graves, pensaban los juristas más avanzados y progresistas del país. El espíritu que inspiró la norma no podía ser más acertado y plausible, pero, con el tiempo, quedó claro que el texto tenía lagunas y que su traslado a la realidad del servicio público dejaba bastante que desear.

En Málaga, hemos sido testigos de las disfunciones de la ley: ¿cómo pudo ser condenada Dolores Vázquez por el crimen de Rocío Wanninkhof con pruebas tan laxas? Probablemente, piensan los más críticos, un tribunal profesional no habría caído en semejantes trampas procesales, como le ocurrió al primer jurado popular del juicio. Y, por mucho que digan, entre los magistrados la institución no está bien vista: recelan de que nueve ciudadanos de a pie puedan juzgar a una persona por delitos de homicidio o asesinato –la lista es más amplia–. Ésa fue la conclusión de un sondeo oficioso realizado por quien esto escribe. Los togados no dudan ni de la equidad ni del sentido común de los jueces populares, pero sí de su preparación jurídica y de cómo puede afectarles la presión mediática. Es evidente que en el primer juicio por la muerte de Wanninkhof algunos miembros del jurado sufrieron esa presión muy de cerca.

Más del 90% de las sentencias surgidas de este tipo de procesos son condenatorias, pero, pese a la reticencias de muchos juristas –hay abogados que sólo quieren un jurado popular cuando son acusación particular–, el Tribunal Supremo le ha dado recientemente alas a este tipo de juicios, puesto que, antes, si al homicidio se unía, por ejemplo, una tenencia ilícita de armas, el asunto acaba en un tribunal profesional, pero la Sala II determinó en febrero de 2010 que determinados delitos conexos, pese a no ser ámbito a priori del jurado, debían ser enjuiciados por éste. Es decir, la tenencia ilícita de armas ya no arrastra al tribunal profesional, sino que entra de lleno en el área de influencia de los jueces populares. Ello ha propiciado, por ejemplo, que la Sala del Jurado de Málaga haya sufrido un espectacular incremento de trabajo.

El jurado goza de buena salud, pero necesita una reformulación de base, de tal forma que pese más la opinión del magistrado profesional que preside el órgano, y que los jueces populares cuenten con el asesoramiento de expertos durante el proceso, minimizando así los riesgos del juicio paralelo y de una excesiva carga mediática sobre espaldas poco acostumbradas a ser el centro de atención.