El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido inadmitir el recurso del Partido Comunista de los Pueblos de España (PCPE) contra las decisiones de las juntas electorales y de dos juzgados de no proclamar su candidatura a las elecciones andaluzas por las circunscripciones de Sevilla y Málaga. En sendas providencias el TC adopta esta decisión porque «el cauce elegido» por el PCPE «no es el idóneo para resolver la demanda». El PCPE presentó sendos recursos de amparo electoral contra los acuerdos de las juntas electorales provinciales del pasado día 5 y contra las sentencias de los juzgados de lo Contencioso número 8 de Sevilla y 2 de Málaga, que decidieron no proclamar la candidatura al Parlamento de Andalucía del PCPE por las respectivas circunscripciones. En la resolución relativa a la circunscripción de Sevilla el TC señala que «el presente proceso constitucional no se presenta como cauce hábil para la resolución de conflictos relacionados con la determinación de los representantes de los partidos políticos ante las juntas».