Tribunales

Condenada por los daños causados por un incendio que obligó a desalojar una urbanización de Mijas

La sentencia señala que la acusada provocó un incendio en una parcela abandonada de Calanova Golf el pasado 14 de agosto de 2015 "con el fin de causar menoscabo" en el paraje

Ciudad de la Justicia de Málaga.

Ciudad de la Justicia de Málaga. / L. O.

EP

La Sección Segunda de la Audiencia de Málaga ha condenado a una mujer a 20 meses de prisión por los daños causados por ocasionar un incendio en una parcela urbanizable de Mijas, que obligó a desalojar una urbanización. Además, deberá indemnizar a la Junta Andalucía con 7.472 euros por los gastos de extinción.

Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el 14 de agosto de 2015, la acusada, utilizando material inflamable cuyas características no han sido determinadas y "con el fin de causar menoscabo" en el paraje Calanova Golf, en dicha localidad, "procedió intencionadamente a provocar fuego".

Este se propagó y degeneró en un incendio que afectó a una superficie aproximada de 2,5 hectáreas de monte bajo y matorral, precisando para su extinción de la intervención de dotaciones de bomberos, dos helicópteros, dos hidroaviones, una avioneta y diversas patrullas de la Guardia Civil y Policía Local de Mijas.

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio valoró los gastos de extinción en 7.472,53 euros. La acusada fue detenida inmediatamente por funcionarios de la Guardia civil, que se hallaban de vigilancia en la zona dado que en la misma se habían producido anteriormente otros incendios.

Este siniestro no causó daños personales ni materiales, si bien durante las labores de extinción hubo de ser desalojada una urbanización cercana, según la sentencia, en la que se considera que la autoría de la acusada "ha quedado plenamente acreditada" por el testimonio en el juicio de agentes de la Guardia Civil.

Por otro lado, la Sala señala que no ha resultado acreditada la participación de la acusada en la provocación del fuego que el día 19 de julio de 2015 afectó una parcela de las existentes en la misma zona anterior; ni tampoco en el ocasionado por la noche ese día en el mismo paraje.

En este sentido, el Tribunal considera que la prueba de cargo en la que se sustenta la acusación por este incendio en concreto es "insuficiente para destruir la presunción de inocencia de la acusada", por lo que la absuelve de esos hechos.