Tribunal Supremo
Condenan a cinco años a un funcionario que cobró durante 16 la pensión de su abuelo muerto
El Supremo impone al trabajador de la Seguridad Social en Zamora una multa de 600.000 euros

Fachada de la sede del Tribunal Supremo.. / EP
EFE
El Tribunal Supremo ha condenado a 5 años y 7 meses de prisión y al pago de una multa de 600.000 euros a un funcionario de la Seguridad Social en Zamora que cobró durante 16 años la pensión de su abuelo fallecido, llegándose a embolsar un total de 549.000 euros.
Es una pena de cárcel inferior a la que le impuso la Audiencia de Zamora y ratificó el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (7 años y tres meses de prisión) dado que el Supremo considera que existió continuidad delictiva en su actuación defraudatoria y estima parcialmente su recurso.
La Sala de lo Penal le considera autor de un delito continuado de defraudación de prestaciones de la Seguridad Social en concurso ideal con un segundo de falsedad en documento oficial, y le obliga a devolver estos 549.000 euros al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Jefe de Sección de control de Pensiones en la Dirección Provincial de Zamora de la Seguridad Social en el momento de los hechos, el condenado 'rehabilitó' en febrero del año 2000 la pensión de su abuelo, muerto en agosto de 1993, según los hechos probados de la sentencia.
Esto le permitió cobrar "personal e indebidamente" prestaciones que ascendieron a 549.541,21 euros hasta que, en abril de 2016, dio lugar a la baja por fallecimiento. Además de eso, modificó el expediente de la prestación por jubilación de su padre, de modo que éste cobró 35.994 euros más de lo que debía.
Para conseguirlo, indica la sentencia, utilizó las claves para la tramitación de las pensiones de la seguridad social y se valió de "su ascendencia" como jefe de los funcionarios que trabajaban en su departamento.
El condenado también se ofreció a ayudar a una amiga con problemas económicos. Rehabilitó una pensión de viudedad que había sido dada de baja por fallecimiento de su beneficiaria a la que sustituyó por su amiga, que a partir de ese momento comenzó a disfrutar de esta prestación.
Hizo lo mismo con una pensión de orfandad, en este caso en beneficio del hijo de esta mujer, quien percibió indebidamente las pensiones. El importe total que recibió fue de 13.263 y 5.147,40 euros, según los hechos probados.
Esta persona fue condenada por la Audiencia de Zamora a un año y diez meses de prisión por delito continuado de fraude a la Seguridad Social, si bien el Supremo no se pronuncia expresamente sobre ella porque no recurrió la sentencia. Ambos deben indemnizar solidariamente al INSS con 19.259,77 euros.
Los magistrados ven continuidad delictiva en toda la actuación defraudatoria descrita al existir "elementos de conexión subjetiva, de homogeneidad de acción", entre otras circunstancias, así como "un efecto abrazadera por el aprovechamiento de una idéntica ocasión".
Todo ello viene marcado "decisivamente por la capacidad situacional del recurrente para alterar los datos de los expedientes de prestaciones".
Recuerdan además que la sentencia no aporta suficientes datos para apreciar ruptura temporal significativa entre las cuatro acciones y que, en esas condiciones de imprecisión, no puede presumirse esa ruptura en perjuicio del condenado.
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