¿Tienes hijos menores de 26? Este anuncio de la Seguridad Social te interesa
Desde el servicio de atención del Ministerio despeja una de las mayores dudas
El perfil de Atención a la Ciudadanía del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha resuelto a través de su cuenta oficial de Twitter una de las dudas más comunes entre los ciudadanos españoles con hijos a su cargo menores de 26 años.
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La publicación del servicio de información asociado a la Seguridad Social despeja las dudas sobre algunos de los derechos a los servicios sanitarios públicos incluidos en la Seguridad Social.
En concreto, han explicado qué pasa cuando una persona menor de 26 años obtiene el alta individual en la seguridad social al ser contratado en un trabajo y, al darse de baja, vuelve al alta conjunta a cargo de sus tutores.
Hacienda avisa: si no puedes pagar, esto es lo que ocurre
Según han explicado desde el servicio de información de la Seguridad Social, cuando un joven menor de 26 años deja de trabajar después de haberse dado de alta, tiene derecho a volver a disfrutar de la cobertura de la que gozaba previamente mediante la aportación de sus progenitores.
La Seguridad Social aclara: "Mi hijo menor de 26 años dejó de ser beneficiario de mi Seguridad Social al iniciar el trabajo, pero ya no trabaja". En estos casos, si el joven continúa viviendo con sus padres y a cargo económicamente de estos, vuelve a tener derecho a la asistencia sanitaria bajo la cobertura de sus padres.
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