El Juzgado de Primera Instancia número 14 de Granada ha declarado nulo el nombre comercial Cajasol que viene utilizando la caja sevillana Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla, y obliga a esta entidad a «la cancelación de todos los signos registrados» y a cesar en cualquier forma de utilización del término, según la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico. El motivo es que el juez entiende que la entidad Unicaja es la propietaria de los derechos de la marca Caja del Sol, y que ese uso sigue vigente.

Fuentes financieras confirmaron ayer mismo que Cajasol presentará un recurso de apelación en la Audiencia Provincial de Granada contra la sentencia.

El fallo responde a un pleito que se remonta a 2008, cuando la caja sevillana, fruto de la fusión de El Monte y San Fernando, formuló una demanda para que se declarara la caducidad de la marca nacional Caja del Sol, de la que es titular Unicaja desde los años 90. La entidad hispalense alegaba entonces que la citada marca no había sido objeto de uso efectivo y real por parte de Unicaja durante los últimos cinco años para designar servicios propios y diferenciados, sino que era «redundante» con la marca Unicaja.

Como un ejemplo, se decía que en la web de Unicaja era esta marca la usada de forma masiva, mientras que la marca Caja del Sol sólo aparecía al pie de algunas subpáginas. Cajasol sostenía que el uso de la marca había caducado como consecuencias del uso «vergonzante, simbólico y ficticio» del que había sido objeto por parte de Unicaja.

Esta demanda de Cajasol provocó la entrada en el proceso de la propia Unicaja, que presentó en abril de 2009 una reconvención a esa demanda en la que negaba que no hiciera uso de la marca Caja del Sol y argumentaba que el uso de varias denominaciones es una «práctica usual en varios sectores del tráfico, incluido el financiero», donde tanto competidores como consumidores «ligan ambos términos».

También señalaba que las fusionadas El Monte y San Fernando ya conocían la existencia del signo «prioritario» Caja del Sol de Unicaja cuando adoptaron su propia denominación comercial.

Con la documentación presentada por la entidad malagueña, el juez entiende que esa marca «ha sido empleado de forma constante y reiterada, no ya sólo en los eventos deportivos, sino también y sobre todo en sus documentos bancarios y en folletos de publicidad».

La sentencia del magistrado Blas Alberto González Navarro considera que «no puede aceptarse la tesis» de la caja sevillana sobre la caducidad de la marca Caja del Sol y señala que el hecho de que esa denominación sea empleada junto a Unicaja «no convierte en ineficaz a ese uso».

El juez, «por más que la cuestión sera jurídicamente dudosa», entiende que Unicaja da a la marca Caja del Sol un uso «serio, real y efectivo».