El Tribunal Supremo ha declarado firme la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Málaga, en la que se acordó anular la celebración del tercer ejercicio de una convocatoria para cubrir 94 plazas de Policía Local de la capital y dejar sin efecto "todos los actos posteriores a dicha prueba".

A través de una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, se inadmite el recurso interpuesto por varias partes personadas en el procedimiento, entre ellas el Ayuntamiento de Málaga, contra una resolución dictada por el alto Tribunal andaluz en noviembre de 2009. Así, el Supremo entiende que en este caso no cabe la posibilidad de la casación.

La sentencia del TSJA estimó el recurso contencioso interpuesto por tres personas, representadas por el letrado Francisco Hurtado Herrera, contra el acuerdo adoptado por la comisión de gobierno de fecha 13 de enero de 2003, sobre la propuesta de resolución del recurso de alzada interpuesto frente a la convocatoria efectuada por dicho Ayuntamiento para cubrir 94 plazas de Policía Local.

Los recurrentes, tres aspirantes en ese momento a las plazas, alegaron que se había "conocido con antelación a la celebración del tercer ejercicio de la oposición el contenido de las preguntas o cuestionario relativo a la prueba de personalidad", con lo que "se quebrantaba el principio de igualdad en el acceso a la función pública".

La parte demandada, el Ayuntamiento, argumentaba, por su parte, que aún cuando era conocido el contenido del cuestionario, esto se debió a la imposibilidad de realizar uno específico para la oposición, "pues llevaría tres años confeccionarlo" y se utilizó uno publicado por una empresa, indica la sentencia.

La Sala del TSJA estimó el recurso, al partir del hecho probado de que "con anterioridad a la celebración de la prueba de personalidad se tuvo conocimiento del contenido de las preguntas", por lo que "es claro que ello quebranta los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben regir el acceso a la función pública".