El Juzgado de lo Penal número 5 tiene previsto enjuiciar este jueves, 15 de marzo, a un directivo de Emasa y a otras seis personas a las que acusa de un supuesto delito de homicidio y de otro de lesiones imprudentes. Además, a tres de ellos, incluido el ejecutivo, se les endosa también un ilícito contra los derechos de los trabajadores. En concreto, los hechos ocurrieron en la madrugada del 27 de abril de 2004 (4.30 horas), cuando un operario murió y otro resultó gravemente herido al sufrir un incendio la estación de bombeo de aguas residuales en la que trabajaban, ubicada en el Paseo Marítimo Antonio Machado.

El directivo de Emasa, el delegado de la empresa de los afectados y el jefe de obra de la mercantil proveedora están acusados de homicidio y lesiones imprudentes, así como de un delito contra los derechos de los trabajadores. Todos ellos se enfrentan a dos años y medio de cárcel y a la inhabilitación para ejercer sus cargos por igual periodo. Los otros cuatro procesados se enfrentan a 22 meses. Además, la Fiscalía de Siniestralidad Laboral exige que indemnicen, de ser condenados, a la viuda del fallecido en 124.000 euros y en 40.000 a sus dos hijos. Al obrero superviviente le corresponderían unos 42.000 euros.

Esa madrugada, los operarios de una empresa subcontratada por Emasa trabajaban en el desmontaje y posterior ensamblaje de unas compuertas en una estación de bombeo de aguas residuales en el Paseo Marítimo Antonio Machado. Los dos se empleaban a cinco metros bajo el nivel del mar y en esa cota era posible que se acumulasen contaminantes tóxicos o inflamables, además de existir una escasa cantidad de oxígeno. Cuando uno de ellos iba a cortar la estructura vieja de las compuertas con una radial, «casi de forma inmediata a su puesta en marcha, y al dresprenderse las primeras chispas incandescentes, se produjo un incendio que alcanzó la ropa y el cuerpo de R. G. L., y después a su compañero, J. P. P.», recalca la Fiscalía en el documento de conclusiones provisionales.

El primero sufrió quemaduras de segundo y tercer grado en el 43% de su cuerpo y falleció tres días después. El segundo resultó afectado en el 25% de su piel, y tardó 565 días en sanar, siempre según el escrito del ministerio público.

El escrito de acusación afirma que Emasa disponía de un documento que contenía exigencias precisas para la realización de trabajos en lugares confinados, por ejemplo la cota en la que se produjo la deflagración. Del directivo de Emasa dependían, según la fiscal, «el servicio de prevención y el área de seguridad». Además, era supuestamente conocedor de los trabajos, «y, descuidando sus obligaciones, no hizo entrega a la subcontrata del documento, ni hizo comprobación alguna sobre la observancia de las medidas preventivas necesarias para la obra encomendada». Entre otras cosas, la fiscal afirma que no designó un recurso preventivo para controlar la labor ni exigió que los operarios que iban a montar las compuertas accedieran a la estación provistos de una autorización escrita.