­­La Audiencia Provincial de Málaga ha absuelto a un policía nacional acusado de causar, de forma imprudente, un siniestro de tráfico en el que resultó herido un motorista en el Paseo de los Tilos el 16 de diciembre de 2013. El agente fue sentenciado a pagar una multa de 180 euros por una falta de imprudencia y a abonar, junto con el seguro, 1.738 al herido por daños personales.

En concreto, el 16 de diciembre de 2013, en el Paseo de los Tilos, se vieron involucrados en una colisión una motocicleta y un furgón de la Policía Nacional, conducido por el condenado en primera instancia. El siniestro se produjo, según los hechos primados de la sentencia del juicio de faltas, cuando la motocicleta se introdujo en el espacio existente entre el coche policial, que estaba detenido, y la mediana de separación del carril contrario. La maniobra fue interrumpida porque el furgón, justo en ese momento, se desplazó un metro y medio hacia la izquierda para abrir la puerta y que salieran otros agentes, dado que a su derecha había un autobús. El conductor de la moto chocó con la mediana, y curó de sus lesiones leves en treinta días.

El policía recurrió el fallo en apelación ante la Audiencia de Málaga, y alegó que la falta había prescrito, pretensión que acoge la Sala, puesto que pasaron más de dos meses sin que se dictase una resolución judicial contra el agente en cuestión, que no fue identificado como el conductor del coche hasta el 23 de julio de 2014 por el consorcio de seguros y la denuncia data precisamente de febrero de ese ejercicio, es decir, que pasaron más de dos meses entre la misma y el primer auto que se dictó contra el funcionario, periodo que marca el Código Penal.