La Audiencia Provincial de Málaga ha absuelto a los cinco policías nacionales a los que la Fiscalía acusaba de abusar sexualmente, prevaliéndose de su cargo, de varias mujeres que esperaban su expulsión del territorio nacional en el ya extinto Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE), ubicado en Capuchinos, durante el verano de 2006. El ministerio público no recurrirá el fallo.

La sentencia llega nueve años después de las detenciones, que tuvieron lugar un fin de semana de julio de 2006, y tras un proceso larguísimo plagado de parones porque muchas de las denunciantes fueron expulsadas del país, aunque declararon ante la instructora. La Audiencia pidió numerosas comisiones rogatorias a otros países que se han retrasado durante meses, provocando parones en el juicio. El caso también avivó las protestas de numerosas organizaciones solidarias y de defensa de los derechos de los inmigrantes, y acabó por precipitar el cierre del CIE, un edificio antiguo en mal estado que pasó a mejor vida hace exactamente tres años tras episodios de fugas, incendios y peleas.

La Sala considera probado que dos de los agentes adscritos al CIE, «en los turnos de trabajo de noche que les correspondían, en los meses de junio y julio de 2006, organizaron cenas de madrugada, fuera de las habitaciones, con algunas de las mujeres extranjeras internadas».

En esa fiesta, dice la Sala, se bebía alcohol, «y se comían alimentos traídos para la ocasión por los agentes, se escuchaba música y se intimaba con las internas, incluso se fotografiaban juntos, regalándoles tabaco, chocolate, objetos de perfumería y permitiéndoles el uso del móvil». En algunas de esas cenas participaron, asegura la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, un tercer policía y su compañero, que acudían de vez en cuando en un coche patrulla al edificio. De esas fiestas, por otro lado, no formaba parte el entonces jefe de Seguridad del CIE, J. R. P., ni tampoco otro de los agentes acusado adscrito al edificio.

Considera la Sala como no probado que en una de las fiestas, la del 3 de julio de 2006, uno de los acusados mantuviera relaciones sexuales con penetración con una de las internas. Se trata de la testigo protegida TP-10. Tampoco ha quedado probado que el 8 de julio de 2006, en una de las fiestas, uno de los policías procesados se insinuara a una de las mujeres, «ni que empezara a acariciarla con ánimo lascivo; ni queda, asimismo, probado que en otra de esas cenas realizadas con anterioridad, el 3 de julio de 2006, el encausado mantuviera relaciones con penetración con otra extranjera distinta de las anteriores», dice la Audiencia Provincial de Málaga.

Además, no se pudo probar que otro de los procesados tocara a una de las extranjeras con ánimo lascivo ni se insinuara sexualmente. En este sentido, otro de los agentes estaba acusado de acostarse tres veces con una de las internas, con penetración, lo que rechaza el Tribunal al no hallar pruebas.

Curiosamente, en fase de conclusiones provisionales, todas las acusaciones, incluida la Fiscalía y Andalucía Acoge, retiraron los cargos por dos abusos sexuales contra el exjefe de Seguridad del CIE, un hombre que lo ha pasado especialmente mal a lo largo de todo el procedimiento.

La batalla doctrinal entre defensas y acusaciones estuvo en si el sí que dieron las mujeres a esas relaciones estaba viciado por el prevalimiento que hicieron los encausados de su condición de policías, aunque finalmente ni siquiera se refleja eso en la sentencia, porque la Sala no ha hallado probada la existencia misma de los abusos sexuales.