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Coronavirus

Las ayudas municipales para hostelería y comercio podrán solicitarse desde mañana

Son cinco millones y cada profesional podrá solicitar al Consistorio una aportación económica de hasta 3.000 euros siempre que demuestre una reducción de su facturación

Las ayudas municipales para hostelería y comercio podrán solicitarse desde mañanaJesús Domínguez

Las ayudas dirigidas a sostener a profesionales y autónomos de la hostelería y el comercio de la capital de la Costa del Sol afectados por la pandemia de covid-19, colectivos a los que el Ayuntamiento quiere inyectar cinco millones de euros, han sido publicadas hoy en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), de forma que a partir de mañana martes, 2 de febrero, podrán entregarse las peticiones a través de los medios establecidos en la convocatoria. La fecha de recepción de solicitudes concluye el 2 de marzo.

Pueden consultar los requisitos aquí.

La idea es ayudar al mantenimiento de las obligaciones empresariales y del empleo en ambos sectores, claves en la economía local, tratando así de amortiguar la caída de ingresos sufrida en un intento por mantener el pequeño comercio abierto, de tal manera que su actividad continúe siendo segura.

La ayuda se abonará en un pago único y las sumas podrían llegar a los 3.000 euros para quienes cumplan los requisitos. De tal forma, se orquesta la concesión y la cuantía del abono según la caída de la facturación en relación a la escala siguiente: una bajada de entre el 30% y el 40%, 2.000 euros de ayuda; del 40% al 60%, 2.500 euros; si la bajada es superior al 60%, 3.000 euros.

El Ayuntamiento ha informado hoy en una nota de que una misma persona, física o jurídica, sólo podrá recibir una ayuda de la cuantía anteriormente señalada y con los límites antes expresados, por cada uno de los establecimientos de los que sea titular en Málaga, y ello con independencia de que pudiera desarrollar en estos distintas actividades.

Asimismo, las ayudas son compatibles con la percepción por el beneficiario de cualquier otra subvención, ingresos o recursos procedentes de cualquier administración o entidad, pública o privada, que se dirija a la misma finalidad y sea consecuencia de la crisis provocada por el coronavirus.

Asimismo, podrán ser beneficiarias de las ayudas personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes, legalmente constituidas a 1 de marzo de 2020, que reúnan distintos requisitos, entre ellas que su actividad sea de comercio o de hostelería, que hayan producido el cierre de la actividad al público o limitación de este en virtud de lo dispuesto por el artículo 10 del RD 464/2020, de 14 de marzo, modificado por el 465/2020, de 17 de marzo, o de normativa posterior de la misma naturaleza y de carácter autonómico.

Además, deben estar encuadrados en el comercio al por menor en sus múltiples tipologías, en cafeterías, cafés y bares, con y sin comida, servicios en chocolaterías, heladerías y horchaterías, agencias de viajes, enseñanza no reglada de formación y perfeccionamiento profesional y educación superior, instalaciones deportivas y servicios de perfeccionamiento del deporte, lavanderías, tintorerías y servicios similares, salones de peluquería e institutos de belleza, servicios fotográficos, máquinas automáticas fotográficas y servicios de fotocopias, entre otros.

Asimismo, y entre otros requisitos, que resulten obligadas al pago por las actividades desarrolladas en el referido establecimiento de la tasa (enero de 2020) o de la prestación patrimonial de carácter público no tributario (desde julio de 2020) por el servicio de recogida de basuras por actividades económicas con una superficie de hasta 300 metros cuadrados y se encuentren al corriente de pago de las mismas; así como que su facturación correspondiente a 2020 haya disminuido al menos un 30% en comparación con 2019.

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