Tribunales

Un policía de Málaga reclama compensar la pérdida del derecho a huelga

El TSJA admite a trámite el recurso contra una resolución de la Dirección General de la Policía que rechazaba la petición de un agente de Málaga para que se repare económicamente la pérdida del derecho fundamental

Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Granada.

Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Granada. / L. O.

La Opinión

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo contra una resolución de la Dirección General de la Policía (DGP) que rechazaba la petición de un agente de Málaga de que se compense económicamente la pérdida del derecho a huelga.

Esta reclamación, respaldada sindicalmente por la Confederación Española de la Policía (CEP), fue archivada por la División de Personal de la DGP el pasado mes de noviembre, que básicamente se remitió al Real Decreto 950/2005, de 29 de julio, de Retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que en su artículo 4.B.a) establece que «el complemento específico remunerará el riesgo, dedicación y demás peculiaridades que implica la función policial, de acuerdo con las previsiones contenidas en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad».

Bajo esta premisa, la DGP concluye que ya «recibimos las remuneraciones correspondientes a las peculiaridades que nuestra función acarrea, entre las que se encuentra que no podamos ejercitar, a diferencia de otros funcionarios públicos, ciertos derechos, entre los que se encuentra el derecho de huelga».

Como ya adelantara La Opinión, la CEP interpreta ese artículo de forma antagónica, ya que consideran que esa limitación no está incluida en las retribuciones de los agentes. En este sentido, se apoyan en otro artículo, el 23.4 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que dice textualmente que los funcionarios percibirán las indemnizaciones correspondientes por razón del servicio, entendiendo el sindicato que si no reciben nada habría «un trato desigual y discriminatorio».