Una mujer ha sido condenada a tres años y medio de cárcel y a pagar una multa de 2.700 euros por un delito de estafa cometido al desviar fondos que el BBVA entregaba a una empresa que había contratado para realizar operaciones de factoring, es decir, de gestión de cobros y de anticipos de fondos sobre los mismos (lo que se conoce como confirming).

La mujer en cuestión era coordinadora de grupo en una empresa malagueña que trabaja con BBVA y sus iniciales son V. C. L. También ha sido condenado C. J. T., este a un año y nueve meses por estafa, ya que él abrió la cuenta a la que la principal acusada desviaba esas cantidades. Una tercera acusada, hermana del anterior, ha sido absuelta.

En total, según la Sala, la principal encausada desvió 410.733 euros a la cuenta bancaria que abrió su amigo, aunque de esta suma se pudieron recuperar 373.346,97 euros. Entre los tres, tendrán que devolver 37.386 euros a la sociedad subcontratada, dado que esta ya pagó al BBVA esta suma, además de 3.225 euros en concepto de costas procesales.

Según consta en el apartado de hechos probados de la sentencia, V. C. L. trabajaba desde el 10 de diciembre de 2007 en la mercantil que prestaba servicios a BBVA Factoring, «cuya actividad consiste en la realización de operaciones de factoring, es decir, de gestión de cobros de créditos y de anticipos de fondos sobre los mismos, confirming».

Así, desde marzo de 2008 la encausada había asumido funciones de coordinadora de grupo, «tenía disposición respecto de los anticipos financieros gestionados por su empresa, los cuales traían causa en la prestación de servicios concertada por BBVA Factoring».

A finales de 2011, «con el propósito de obtener un ilícito enriquecimiento, aprovechándose de los conocimientos que había adquirido en el ejercicio de su trabajo y de las facultades que tenía en el manejo de las operaciones de cristas, abusó de la confianza que la mercantil había depositado en ella, y decidió desviar fondos de clientes del BBVA que efectuaban determinadas transferencias a otra entidad».

La Audiencia Provincial dice que «efectuó las manipulaciones necesarias para que dichos fondos llegaran a otra cuenta de cuyos saldos ella pudiera disponer».

En este sentido, pidió al acusado C. J. T. que abriera una cuenta en el mismo banco, lo que este hizo el 25 de octubre de 2011, «a sabiendas del plan criminal ideado por V. C. L., accediendo a colaborar con ella».

El 25 de octubre de 2011, la acusada desvió hacia esa cuenta 102.550 euros «procedente de un confirming» de un cliente, y el 11 de noviembre, desvió al mismo sitio 308.182,64 euros, cuya beneficiaria era una constructora.

C. J. T., a su vez, hizo desde esa cuenta cuatro transferencias para su hermana, tres de ellas por importe de 5.000 euros y una de 640. Igualmente, libró varios cheques con cargo a la cuenta abierta por él mismo: uno de 78.200 euros; otro de 170.000, un tercero de 15.500 y dos por 6.000.

El 19 de noviembre de 2011, el procesado, puesto de acuerdo con la principal encausada, adquirió un Mercedes Benz SLK para su hermana -que finalmente fue absuelta-, por 16.500 euros. Pagó 1.000 euros en efectivo y el resto con un cheque bancario. Asimismo, se hicieron varios reintegros en efectivo con cargo a la cuenta que había abierto el acusado por importe de 15.900 euros, extracciones del cajero de 300 euros y compras con una tarjeta de crédito por 638,42 euros.

La Sala condena a los tres acusados a pagar la suma 37.386 euros y otros 3.225 euros a la empresa subcontratada por el BBVA, ya que esta adelantó el dinero a la entidad financiera.