Empleo

Más de 28.000 autónomos siguen cobrando en Málaga las prestaciones del Gobierno

Tras Barcelona (55.520) y Madrid (50.545), es la provincia donde más trabajadores por cuenta propia se benefician de estas prestaciones extraordinarias

Trabajadores en una reparación

Trabajadores en una reparación / La Opinión

La Opinión

Un total de 28.011 autónomos malagueños han recibido en el mes de mayo alguna de las prestaciones puestas en marcha por el Gobierno por la pandemia del Covid-19. Las ayudas han sido prorrogadas hasta el próximo 30 de septiembre tras el acuerdo alcanzad entre el Ejecutivo y las principales asociaciones de autónomos.

La ayuda de mayo incluye la prestación para aquellos autónomos que se han visto obligados a suspender su actividad de forma temporal por resolución administrativa relacionada con el control de la pandemia, la prestación compatible con la actividad, la prestación extraordinaria por bajos ingresos (sin periodo de carencia) y las ayudas para autónomos de temporada.

El subdelegado del Gobierno en Málaga, Teófilo Ruiz, ha subrayado la importancia que esta medida de protección establecida por el Gobierno continúa teniendo en la provincia de Málaga, que aglutina el 29% de los 96.391 autónomos beneficiados en Andalucía y el 6,1% del total de ayudas a nivel nacional.

Ruiz ha destacado que, tras Barcelona (55.520) y Madrid (50.545), la provincia de Málaga es en la que más autónomos se benefician de prestaciones extraordinarias del Gobierno.

Desde marzo hasta final del año 2020, el Gobierno abonó 226 millones de euros en ayudas a trabajadores por cuenta propia malagueños. En Andalucía, los autónomos han recibido un total de 873,3 millones de euros en ayudas del Gobierno en este periodo.

El subdelegado del Gobierno ha recordado que desde marzo hasta septiembre de 2020 los autónomos malagueños se vieron beneficiados por un ahorro en las cotizaciones sociales de 95,5 millones de euros.

Desde que se inició la pandemia hasta hoy, 92.121 autónomos malagueños han recibido algún tipo de prestación del Gobierno por las consecuencias de la Covid 19. De ellos, 64.110 fueron beneficiarios de las ayudas extraordinarias establecidas de marzo a junio de 2020.

Esquema de ayudas

La prórroga de las ayudas diseñadas para los autónomos se ha incluido en el Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos. En el texto, se renueva la prestación extraordinaria por suspensión de actividad, dirigida a aquellos trabajadores autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia de la COVID 19. La cuantía de la prestación se eleva al 70% de la base mínima de cotización. Además, el autónomo quedará exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, aunque ese periodo le contará como cotizado y, en su caso, será compatible con ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el SMI.

Además, se mantiene la prestación compatible con la actividad para aquellos trabajadores que, reuniendo el requisito de carencia para acceder a la prestación ordinaria de cese de actividad, cumplen dos exigencias adicionales: una, que su facturación del segundo y tercer trimestre 2021 caiga el 50%, frente al segundo y tercer trimestre de 2019; y dos, no haber obtenido durante el segundo y tercer trimestre 2021 unos rendimientos netos computables fiscalmente superiores a 7.980 euros.

Por su parte, quienes no cumplan los requisitos para acceder a esta prestación ni al cese ordinario, podrán solicitar una prestación extraordinaria en los mismos términos que se establecieron en el Real Decreto-ley. La cuantía de la prestación es del 50% de la base mínima de cotización e igualmente está exonerado de abonar las cuotas y computa como cotizado. Los requisitos son acreditar una caída de ingresos del 50% (los ingresos del segundo y tercer trimestre de 2021 deben ser inferiores a los del primer trimestre de 2020) y no tener unos rendimientos netos computables en esos seis meses de 2021 superiores a 6.650 euros.

Por último, también se mantiene, adaptando el periodo de referencia que se amplía a siete meses, la prestación para autónomos de temporada, que es del 70% de la base mínima y requiere no tener ingresos superiores a 6.650 euros en el segundo y tercer trimestre de 2021.