Síguenos en redes sociales:

Tribuna

Lo injusto de la justicia

Se ha hecho público recientemente el dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía en relación a la revisión de oficio de la licencia de obras de la ´Reparación de cubierta, fachada e interior de la iglesia de San Pedro´, tramitado por parte de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Málaga y se ha puesto en evidencia, una vez más, una de las debilidades de nuestro sistema de garantías jurídicas que nos lleva a pensar sobre lo injusto de la Justicia, a veces. Tras 6 años de trámites se emite ahora un dictamen, vinculante para las partes, que no entra en el fondo en litigio, que se esconde detrás de que la obra ha finalizado y, ni siquiera contempla la revisión parcial que la propia Gerencia había recogido en su propuesta de resolución, admitiendo errores propios. La licencia se concedió por resolución de 16 de febrero 2012 y fue recurrida por el Colegio Oficial de Arquitectos de Málaga justificando que un edificio reconocido como Bien de Interés Cultural (BIC), debe contar con la intervención de un arquitecto, tanto para el proyecto como para la dirección de obra. El Ayuntamiento de Málaga admitió en su día el proyecto de un arquitecto técnico, profesional que no cuenta con formación habilitante para la intervención en patrimonio histórico, poniendo en riesgo el valor histórico-artístico del monumento.

El requisito de participación o no del profesional legalmente habilitado para las actuaciones sobre edificios protegidos era el asunto que ambas partes esperábamos que se resolviera en este litigio; pero no ha sido así, habremos de esperar a mejor ocasión porque el órgano consultivo, entre otras argumentaciones y conocido que la obra está finalizada, recoge en su dictamen ´... que se desconoce el alcance de la declaración de nulidad (de la licencia), que parece claro que no podría ser la reposición del edificio al estado anterior a las obras´, como una de las justificaciones de la desestimación de lo solicitado. Evidentemente no era ese el fin perseguido, sino uno más sencillo y natural, que se hiciera justicia y que esta práctica maliciosa de la Gerencia de Urbanismo no se perpetúe. No se facilita el acceso a los expedientes hasta que las obras no están muy avanzadas o concluidas, tras lo cual es fácil justificar la ineficacia de cualquier medida, pero el daño al patrimonio ya se ha consumado y es difícilmente reparable.

Antes de solicitar el dictamen al Consultivo obligada por un juzgado, la GMU en una maniobra para salvar los muebles en el pleito, ya admitía que partes del proyecto y de la obra sí deberían haber contado con la participación de un arquitecto, asumiendo con esta decisión ciertas anomalías en la tramitación del expediente, entendemos que en perjuicio de los arquitectos. Esta mala práctica municipal nace de un claro conflicto de intereses tolerado por los responsables de la Gerencia, y mal resuelto, que está permitiendo la intervención de técnicos incompetentes en obras relativas al patrimonio histórico protegido. No se sabe si esta dudosa política tiene relación con que los arquitectos técnicos estén ocupando cada vez más despachos en la Gerencia de Urbanismo, pero lo cierto es que los arquitectos, los profesionales legalmente competentes, han ido perdiendo capacidad de decisión en los expedientes de obra que dan lugar a la ciudad tal y como la vivimos.

El ejemplo claro de este conflicto de intereses lo podemos encontrar en el Departamento de Licencias y Protección Urbanística cuya responsable simultánea este puesto en la Gerencia con el cargo de decana en el Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos; ¿qué ocurre cuándo existe una discrepancia entre la Gerencia y este Colegio profesional? ¿ qué posiciones defendería? Aunque sería interesante conocer los litigios que tiene el Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos con la Gerencia de Urbanismo, o cuánto tardan en darle vista de los expedientes a este colegio profesional, si es que solicita alguna información, pues su máximo responsable los conoce de primera mano y decide sobre ellos. La buena voluntad ofrecida no es suficiente para resolver un conflicto de intereses. Nadie entendería un ministro de economía siendo a la vez presidente de un gran banco o que un alcalde fuese directivo de una empresa que contratase habitualmente con el Ayuntamiento, por muy buena voluntad que se entregue o aunque la interpretación de una ley no lo prohíba.

La Gerencia Municipal de Urbanismo venderá este dictamen como una victoria, pero cualquier profesional del derecho que conozca la diferencia entre nulidad y anulabilidad entenderá de su lectura que ha sido una victoria pírrica, pues no ha sido otra cosa que retrasar la resolución del litigio, que se producirá en el sentido que el sentido común nos anuncia. Y ante este dictamen, el Colegio de Arquitectos no decae en su permanente defensa de nuestro patrimonio histórico, a pesar de lo injusto de la Justicia.

*Francisco Sarabia Nieto es decano del Colegio Oficial de Arquitectos de Málaga

Pulsa para ver más contenido para ti