Tribunales

Anticorrupción pide a la Audiencia de Sevilla que ordene el ingreso en prisión de Griñán

La Fiscalía se ha manifestado en contra de la solicitud de suspensión de las condenas a los sentenciados en el caso de los ERE

EFE / EP

La Fiscalía Anticorrupción ha pedido a la Audiencia Provincial de Sevilla que ejecute la condena a seis años de cárcel por malversación y prevaricación que le fue impuesta al expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán por el caso ERE, lo que implicaría su ingreso en prisión.

Fuentes fiscales han informado a EFE de que la Fiscalía se ha manifestado en contra de la solicitud de suspensión de las condenas formulada por nueve ex altos cargos de la Junta sentenciados por este caso mientras se tramitan los indultos que se solicitaron, entre ellos el exdirigente socialista.

Una vez escuchadas las partes, la Audiencia de Sevilla deberá decidir si ordena o no el ingreso en prisión de Griñán y los demás condenados a penas de cárcel, algo para lo que se suele conceder diez días, de acuerdo con las fuentes jurídicas consultadas.

Cabe recordar que, además de las peticiones de indulto presentadas el pasado 1 de septiembre, la defensa de Griñán formuló poco después, el día 27 de ese mes, un incidente de nulidad en el Tribunal Supremo (TS) que aún está pendiente de respuesta.

El Supremo confirmó el pasado julio la condena que la Audiencia de Sevilla dictó el 19 de noviembre de 2019 para Griñán a una pena de 6 años y dos días de cárcel y 15 años y dos días de inhabilitación por delitos continuados de malversación y prevaricación, por el procedimiento específico mediante el cual la Junta de Andalucía canalizó sus subvenciones para prejubilaciones en ERE fraudulentos y ayudas arbitrarias a empresas.

El alto tribunal ratificó igualmente la condena al también ex presidente andaluz Manuel Chaves a 9 años de inhabilitación por prevaricación, por lo que en su caso no hay pena de cárcel.

Tenía "conocimiento de la ilegalidad"

El TS consideró probado que Griñán tenía "conocimiento de la ilegalidad" del criterio que se siguió con los ERE, al tiempo que destacó su "pasividad" ante el "despilfarro y la arbitrariedad" con la que se concedieron las ayudas.

Sin embargo, las magistradas Ana María Ferrer y Susana Polo emitieron un voto particular para apartarse del criterio de los otros tres magistrados que firmaron la sentencia, al considerar que Griñán debería haber sido absuelto del delito de malversación porque al situarse fuera de la Consejería de Empleo no participó en la ejecución de la fase final de los presupuestos, por lo que solo ven en él un "exceso de confianza" hacia sus compañeros de Gobierno.

Este voto particular, de 88 páginas, daría fuerza a un futuro recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC), si bien para acudir a la corte de garantías la defensa de Griñán debe esperar a que el Supremo responda a su incidente de nulidad.

Ese eventual recurso no supondría una suspensión automática de su entrada en la cárcel. Para ello, tendría que pedirlo expresamente a modo de medida cautelar. Y las fuentes jurídicas apuntan que el TC no suele frenar el ingreso en prisión cuando la pena supera los cinco años de privación de libertad, como es el caso.