Buenas noticias de Europa para los hipotecados españoles: podrán recuperar este dinero si lo reclaman

El TJUE ha dado la razón a los españoles que firmaron su hipoteca antes de 2019

Buenas noticias de Europa para los hipotecados españoles podrán recuperar este dinero si lo reclaman

Buenas noticias de Europa para los hipotecados españoles podrán recuperar este dinero si lo reclaman

Los hipotecados españoles están de enhorabuena: gracias a una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) emitida esta semana, podrán recuperar una parte del dinero invertido durante el proceso de firmar la hipoteca.

Esta devolución, que podría ascender hasta miles de euros dependiendo de las condiciones y el crédito concedido, supondrá un alivio para muchas familias que en los últimos meses se han visto acosadas por la inflación y la subida de los tipos de interés entre aquellos que cuentan con un préstamo a tipo variable.

Hasta la publicación del fallo, el plazo para reclamar la devolución de los gastos de la hipoteca dictaminado por la Ley 5/2019, habría finalizado el pasado 23 de enero de 2024: fecha que había quedado marcada por la sentencia del Tribunal Supremo y que la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) proponía extender hasta el día 14 de abril de 2024.

Los requisitos para solicitar esta devolución de los gastos de la hipoteca debidamente cobrados eran sencillos, pero muchas personas todavía no eran conscientes de que tenían derecho a reclamarlos. Los pasos para recuperar este dinero comenzaban por reunir toda la documentación (escritura de la hipoteca, factura del notario, factura del registro de la propiedad, factura de la gestoría, tasación de la vivienda y DNI) y presentar la reclamación al banco. Los expertos explican que, en muchas ocasiones, solo con la reclamación al banco es suficiente para recuperar el dinero, ya que este sabiéndose perdedor de un posible litigio, probablemente preferirá hacer el ingreso para evitar el conflicto.

En caso de que esta opción no fuera suficiente, el cliente puede elevar una queja al Banco de España a través de su servicio de reclamaciones y, finalmente, a la vía judicial.

Esta resolución afecta a prácticamente toda la totalidad de las personas que firmaron su hipoteca con el banco antes de que se aprobara la Ley hipotecaria de 2019 y que tuvieran que asumir los gastos de la hipoteca relativos al notario, la gestoría, el registro y la tasación.

La decisión del TSJU sobre los gastos de la hipoteca

A partir de ahora y gracias a la sentencia del TJUE el plazo para reclamar el pago de estos gastos (que puede oscilar entre los 1.500 y los 3.000 euros) el plazo se amplía de forma indefinida y se anula la interpretación de aquellas personas que planteaban que el derecho a reclamar este dinero solo se mantenía durante diez años.

El argumento del TJUE es que el plazo para reclamar el dinero solo puede comenzar una vez que el cliente conoce "el carácter abusivo" de lo que ha pagado y que la publicación de la sentencia en los tribunales españoles no sirve como "prueba de que se cumple el requisito relativo al conocimiento".