Ley de Protección Animal

Ley de Protección Animal, una norma que genera dudas

El anteproyecto aprobado por el Consejo de Ministros busca reducir a cero el abandono animal y pone el foco en las mascotas domésticas, sin tener en cuenta a los perros de caza

Colectivos en defensa de los animales reclaman que los perros de caza «dejen de estar marginados».

Colectivos en defensa de los animales reclaman que los perros de caza «dejen de estar marginados». / L. O.

Chaima Laghrissi

Chaima Laghrissi

En España hay más de 29 millones de mascotas, una cifra que no ha dejado de subir desde la pandemia. En Málaga, más de 35.114 canes figuran en el censo, según datos aportados por el Consistorio. Y en la provincia más de la mitad de la población convive con algún animal.

Ya el pasado mes de enero, el Centro de Investigación Aplicada (CISA) de la Universidad de Málaga reveló, en una encuesta realizada a los malagueños, que el 39 por ciento de estos defiende el tratamiento de perros y gatos como personas, frente al 45% que se muestra contrario. En esta línea, el pasado 18 de febrero, el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de la Ley de Bienestar y Protección Animal. Una significativa normativa que cambia el panorama legal con respecto a las mascotas. La norma ha sido impulsada por la líder de Podemos y ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, y ahora debe pasar el trámite parlamentario, donde podría sufrir cambios.

Este anteproyecto busca reducir a cero el abandono animal y pone el foco en las tiendas de animales, ya que restringe la venta de mascotas en estos establecimientos. La ley pone fin a un debate que llevaba años sobre la mesa: Las tiendas dedicadas a la venta de mascotas. A partir de ahora, la comercialización de animales en establecimientos públicos queda totalmente prohibida. Además, exponer mascotas con fines comerciales también se prohíbe.

Carmen Manzano, presidenta de la Sociedad Protectora de Animales de Málaga, considera que esta ley «es farragosa y confusa», debido a las circunstancias que rodean a los perros considerados de caza.

Queremos que todos los animales estén considerados animales de compañía y eso es lo que la ley no deja muy claro y ahí empieza a crear un peligro de confusión»

Los perros de guarda, pastoreo y caza no están incluidos dentro de esta normativa, un hecho que genera discrepancias: «Queremos que todos los animales estén considerados animales de compañía y eso es lo que la ley no deja muy claro y ahí empieza a crear un peligro de confusión. Se hacen una serie de especificaciones que los excluyen de esas garantías. tienen que dejar de estar marginados, el tema era unificarlo para que la ley los ampararse», asegura.

El Colegio de Veterinarios de Málaga también se ha pronunciado sobre este anteproyecto: «Se necesita más intervención veterinaria, además la esterilización no puede ser indiscriminada», asegura Juan Antonio de Luque, presidente del Colegio de Veterinarios de Málaga.

De Luque asegura que se volverá a revisar el anteproyecto y a hacer alegaciones nuevas.

Obligaciones y prohibiciones

Con esta nueva normativa las tiendas destinadas a la venta de animales quedan totalmente prohibidas, ya que ya no se podrán exponer ni vender animales en sus establecimientos.

En cuanto a la crianza sólo podrán llevarla a cabo criadores profesionales, es decir que cuenten con autorización para dicha actividad. Quedando de esta manera excluidos los criaderos particulares. Las familias de los animales también deben cumplir con ciertas prácticas, como el uso de pinchos o collares eléctricos. En definitiva, todas aquellas acciones que impliquen el sufrimiento del animal.

La normativa limita también la cantidad de crías que se pueden tener, en concreto no se podrá tener más de cinco animales en la vivienda por parte de un particular. La ley ampara a los llamados ‘perros peligrosos’, eliminando esta denominación ya que consideran que ningún animal es de naturaleza peligrosa debido a su raza. Otro aspecto que contempla esta norma es que no se pueden vender crías con menos de ocho semanas. Así como la ley establece que un animal trabaje a partir de los 18 meses y tiene en cuenta su jubilación.

Sanciones

Alguna de estas prácticas serán sancionadas con importantes multas. El régimen de sanciones se divide en tres tipo: multas leves, graves y muy graves.

Las más graves podrían llegar a contar con sanciones de hasta 600.000 euros. Dentro de su reglamento sancionador contempla incluso multas para todos aquellos incumplimientos de la ley que deriven en un decomiso de la mascota y su posterior entrega a una protectora. De igual manera se podrá inhabilitar al culpable para la tenencia de animales por un periodo máximo de cinco años para las infracciones graves y de cinco a diez años para las muy graves.

Si las infracciones son leves, las multas pueden oscilar entre 600 y 30.000 euros. De 30.000 a 100.000 euros si son graves y las muy graves pueden alcanzar hasta los 600.000.

Otra sanción es la la posibilidad de inhabilitar al propietario de la posesión de cualquier animal, por un período máximo de cinco años. Para infracciones graves y de cinco a diez años para las muy graves.

Unido a esto, el Consejo de Ministros dio luz verde a modificar el Código Penal con el fin de elevar las penas contra el maltrato animal. Unas penas que oscilan entre los 18 hasta los 24 meses de prisión, si obtiene como resultado la muerte del animal.

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