Tribunales

Condenado a dos años de cárcel por agredir a un hombre cuando este fue a casa de su expareja

Los hechos tuvieron lugar en noviembre de 2017 en San Pedro Alcántara

Ciudad de la Justicia de Málaga.

Ciudad de la Justicia de Málaga. / EUROPA PRESS/ARCHIVO

E. P.

La Audiencia de Málaga ha condenado a dos años de prisión a un hombre por agredir con un arma blanca a otro cuando este fue a la casa de su expareja en el núcleo de San Pedro Alcántara, donde estaba el acusado, a recoger su pasaporte.

Los hechos tuvieron lugar en noviembre de 2017. Según se declaró probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la víctima, tras almorzar con su excuñado, pasó por la casa de la que había sido su pareja, con la que había tenido una relación durante cinco años, para recoger su pasaporte. Esta le dijo que entrara.

Una vez dentro, el procesado le manifestó: "Tú qué quieres buscarte la ruina", tras lo que "se abalanzó sobre el mismo", sacó un cuchillo "y se lo clavó en la parte inferior izquierda del pecho", según señala la resolución dictada por la Audiencia malagueña.

Ante el temor de perder su vida, la víctima trató de huir, aunque fue de nuevo interceptado por el acusado, dice la sentencia, que "consiguió que cayera al suelo de espaldas y le propinó otra puñalada en la parte trasera del muslo".

La víctima sufrió varias lesiones, afectando a un órgano vital como es el estómago. Requirió ingreso hospitalario y tratamiento, quedándole varias secuelas físicas y psicológicas. De la indemnización reclamada, el procesado ya ha abonado 11.000 euros, con el compromiso de abonarle otros 3.000 euros.

La Audiencia lo condena por un delito de lesiones, con la aplicación de la circunstancia que atenúa la pena de reparación del daño causado, por la indemnización ya pagada. A esta sentencia se llega tras la conformidad expresada por el procesado y su defensa con la acusación del fiscal.

La Sala acuerda la suspensión por dos años de la ejecución de la pena de prisión. Además, se le impone la prohibición por plazo de tres años de aproximación a la víctima a una distancia inferior de 300 metros y la prohibición por igual plazo de tres años de comunicarse por cualquier medio con este hombre.